PAGINA :
197 LIBRO DE FAMILIA
Nº DE EXPEDIENTE :
000999-2014-0-1501-JP-CI-02
ESPECIALISTA
LEGAL : Dr. Verónica nieves Sánchez
ESCRITO
Nº : 01
SUMILLA : INTERPONE RECURSO
DE CASACIÓN
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE FAMILIA DE HUANCAYO
ANTONIO
HUANCA PACHECO, En los autos sobre divorcio
por la causal de separación de hecho, que sigo en contra de contra de ELIZABETH CAOS VAZQUES, atentamente
digo:
I.- PETITORIO:
Retorna a su
despacho con la finalidad de interponer RECURSO
DE CASACIÓN, que le dirijo en contra de la Resolución de Vista RESOLUCION
Nº 08-2014 del 17 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE.-. el cual se confirma la
sentencia en lo referente * declarar fundada la
reconvención sobre daños y perjuicios deducidas por Ia demandada, motivo
por lo que me apeono a solicitar se me conceda el recurso impugnativo de casación y como
consecuencia, se eleven tos autos a la Corte Suprema de Justicia de Ia
República, a efecto de que se cumpla con Ia revisión exhaustiva del proceso y
en su momento se declare FUNDADO EL RECURSO
DE CASACIÓN, teniendo en consideración, los siguientes fundamentos:
II FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN;
A.- REQUISITOS DE FORMA DEL RECURSO,
1.- Se trata de la Resolución de vista, emitida por la la Sala Civil
Descentralizada de la Provincia de Huancayo, que revisó la sentencia emitida
por el segundo juzgado de familia de Huancayo, habiéndoseme notificado con la
Resolución de Vista el 08.
2,- Debe tenerse presente que d Recurso de Casación se
interpone en La Sala de su Presidencia revocó la SENTENCIA DE primera instancia, mediante la RESOLUCION de
vista Nº 17 -2014 del 03 de julio
último, revocando y reformando al entren de declarar infundada mi demanda, en cuyo caso quedaría finalizado el proceso, en caso de no
interponerse la presente.
3.- Con lo que respecta a la tasa judicial, debo señalar
que por mi situación económica precaria, estoy a la espera del escrito
presentado de auxilio judicial de vuestra autoridad, para ser exonerado de dicho pago, conforme se
aprecia de la copia de la solicitud de auxilio formulada.
4 También
se cumple con interponer el presente
recurso, por ante d órgano jurisdiccional que emitió la resolución cuestionada.
B
CAUSALES EN LAS QUE SE SUSTENTA EL RECURSO DE CASACIÓN
Este recurso se apoya en las causales previstas en el
Artículo 386, incisos 1 y 3 del Código Procesal Civil, muy específicamente en
lo siguiente:
1.-
Aplicación indebida de una norma de Derecho Material, y de la doctrina Jurisprudencial.
2.-
Contravención de las normas que garantizan el derecho al debido proceso.
C REQUISITOS DE FONDO:
I Como elemento fundamental del recurso, debo manifestar a su Despacho
que, la resolución material de impugnación no ha sido consentida, debido a que
d recurrente interpuse recurso de apelación en contra de la sentencia de
Primera instancia fallada por el señor Juez del segundo Juzgado de Familia huancayo.
2 SUSTENTO DEL RECURSO DE
CASACIÓN:
2.1 Se aprecia de autos que la demandada Elizabeth caos
vazques, contestando la demanda del suscrito, ha interpuesto contra la
RECONVENCIÓN, para que el recurrente abone la suma de 250 mil nuevos solea por
indemnización de daños y perjuicios, sosteniendo daño moral, PERO TAMBIÉN DEBE
TENERSE PRESENTE EL NUMERAL 4 DE DICHA RECONVENCION. MEDIANTE EL CUAL SOSTIENE
QUE EL MATRIMONIO ENTRE EL RECURRENTE Y LA DEMANDADA FUE IMPUESTO A TANTA
EXIGENCIA DE LOS PADRES DE LA RECONVENIENTE (ESCRITO DEL 12 DE ENERO DE 2002).
LA CONTRADEMANDANTE NO HA PROBADO NINGÚN EXTREMO DE SUS VERSIONES COMO QUE EL
SUSCRITO CONTRAJO OTRO COMPROMISO CON OTRA MUJER, NO EXISTE NINGUNA PRUEBA
INDUBITABLE, COMO UN CERTIFICADO DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE HUO ADULTERINO, NI
SIQUIERA EL NOMBRE DE UNA MUJER IMAGINADA POR LA ESPOSA, A cuya contrademanda
la absolví en forma negativa, para cuanta la esposa es quien ha originado la
separación de hecho, por lo tanto, se me debe excluir de cualquier
responsabilidad.
La sentencia de primera instancia ha declarado fundada la
demanda reconvenido, estableciendo como consecuencia el pago de 10 mil nuevos
soles, por indemnización de daño moral, que la considero innecesaria PESE A QUE LAS NUPCIAS SE PRODUJERON POR
PRESIÓN DE LOS PADRES DE LA CONTRADEMANDANTE.
Numeral 5.- Que no interesa buscar al que provocó la situación de la
separación de hecho.
Numeral 6 Que,
con la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho, se ha superado
el plazo legal de 04 años de separación ininterrumpida La justiciables.
Numeral 7 Que; el recurrente cumple con sus obligaciones
alimentarias, a favor de la demandada e hijos, mucho antes al mismo del
presente proceso.
Numerales 8 y 10 Sostiene indebidamente que la demandada
es la cónyuge inocente y perjudicada, sin haberse demostrado alguna causal de
infidelidad con otra mujer Concluye confirmando la sentencia de primen
instancia,, etc.
APLICACION INDEBIDA DE
NORMAS DE DERECHO MATERIAL, ASI COMO DE LA DOCTRINA JURISPRUDENCIAL.
Debe constar que los hechos que contiene la RECONVENCIÓN
por dados, perjuicios y daño moral, por la infidelidad con otra mujer no han
sido acreditados por la demandada. Pero si se ha acreditado que el matrimonio
se ha llevado adelante por la presión de
los padres de la demanda, conforme se aprecia el escrito de reconvención numeral
4). Por lo tanto, se ha aplicado indebidamente d Art. 345-A dd Código Civil
vigente. Peor aún, cuando el recurrente cumplió legalmente con los alimentos a
la demandada e hijos.
La Sala ha llegado a la convicción de que la inocente y
perjudicado es la demandada, cuando dice que no ha probado las causales determinantes de los
datos, perjuicios y daño moral supuestos. Existe frondosa doctrina
jurisprudencial al respecto, como por ejemplo la Jurisprudencia señalada en
Diálogo con la Jurisprudencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa
(20062008) de Gaceta Jurídica de fs. 48 a fs. 51, que no se aplica y que
textualmente señala INDEMNIZACIÓN A CÓNYUGE PERJUDICADO POR SEPARACIÓN DE
HECHO: Procedencia por infidelidad del cónyuge“. Si el actor ha incumplido su deber
de fidelidad previsto por en el artículo
28 del código Civil, al mantener una relación extramatrimonial, perjudicando a
la demandante; en ese sentido, la conducta del demandado ha ocasionado daño
moral al haber atentado o menoscabado los sentimientos de la demandada, por Lo
que resulta plenamente aplicable lo previsto por el artículo 345-A del Código Civil, que se anexa
al presentar el recurso.
Tal como se ha expresado en los numérales precedente
que ha afectado d Derecho al debido
proceso, mediante un proceso irregular, tal infracción normal que garantizan el derecho al debido proceso, por cosa motivada , este es un perjuicio económico y
moral, que se expresa en pérdidas de
tiempo y otros perjuicios inminentes
PRETENSION
IMPUGNATORIA:
Es mi pretensión que el
presente recurso sea declarado fundado y en sede casatoria se pronuncie
sobre las causales invocadas, declarándose fundado el recurso de casación interpuesto.
ANEXO:
I-A Copias de la Jurisprudencia de la Corte Superior de
Justicia de Arequipa (2006*2008) de Gaceta Jurídica SA de ft. 4® a fs. 51,
Primera Edición de Agosto del 2009.
1 – B 2 Cédulas De NOTIFICACION
1 - C Copias del
recurso para la parte demandada..
l-D Copia de solicitud
del auxilio judicial Nº 04-10-2010
POR
LO EXPUESTO
A usted pido admitir y conceder el presente recurso,
casarla a la Corte Suprema de la República, y de esta manera se declare
procedente el medio impugnatorio.
OTROSI
DIGO : No estoy anexando d pago de la tasa
judicial debido a que estoy solicitando d beneficio de auxilio judicial ante su
Despacho, mediante mi escrito presente mes y año: Pido a Ud. tener presente lo
que se expresa.
POR TANTO:
A Usted Señor Juez pido se sirva admitir la presente demanda y oportunamente declararla fundada.
A Usted Señor Juez pido se sirva admitir la presente demanda y oportunamente declararla fundada.
HUANCAYO,
20 DE SETIEMBRE DEL 2014
JAJAJAJAJAJA
ResponderEliminarexcelente
ResponderEliminaresta muy mal
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