LA LIBERTAD
2.1) DEFINICIONES:
La palabra libertad tiene una densa
variedad en significados, unos
manifiestos
y otros ocultos; unos de aparente certeza y otros de incerteza real. La palabra
libertad no puede faltar en el diccionario de los juristas, por su indudable
ligadura con la propia concepción del Derecho y sus manifestaciones practica;
es el valor central, clave e irrenunciable del estado de Derecho democrático,
por su fuente de su legitimidad y el núcleo central de los otros valores
superiores.
En
sentido amplio, filosófico la libertad
es el estado de existencia del ser humano en el cual este puede determinarse
conscientemente en cualquier sentido, sin sujeción a ninguna coacción interior
o exterior, se opone a este concepto determinismo casual, por cuanto implica
una necesaria limitación a la posibilidad de obrar.
El
ser humano es estructuralmente libre. Su libertad es el funcionamiento de su
existencia interna y de su coexistencia social. El ser humano es la libertad,
es decir para forjar su vida, se halla en la ineludible necesidad de elegir
entre el repertorio de posibilidades que se le ofrecen. El grado de elección de cada individuo
depende de sus potencialidades biológicas y sicológicas, de su grado de
cultura, de las condiciones geográficas, de las limitaciones impuestas por las
nomas de conducta, del régimen político imperante, etc. La historia de la
humanidad es una lucha por su libertad. Gobiernos autocráticos o aristocráticos
distribuyen la libertad en beneficio de pequeños grupos sociales y en
detrimento del resto de la sociedad. Son las democracias las que mejor nivelas
las libertades individuales de todos los congéneres.
Un
acto humano es libre cuando el sujeto se representa los medios dy los fines de
su acción; delibera, es decir, juzga las motivaciones de su obrar; luego toma
una decisión sobre la acción para realizarse y la ejecuta.
La
libertad del ser humano puede o no estar protegida por el Derecho. Si lo está
es jurídica y si no esta no es jurídica
Libertad
jurídica es la que está garantizada (por medio de la coerción jurídica) contra
eventuales obstáculos por parte de terceros (o del propio estado). Es la
libertad reconocida en el mismo momento en que se impone a los terceros la
obligación jurídica de no impedir su ejercicio. El ámbito de lo permitido esta
siempre ligado al ámbito de lo obligatorio en otra persona o en todas las demás
personas.
Si
la libertad protegida es la garantizada contra un impedimento ajeno, la no
protegida es la no garantizada contra los obstáculos de los otros. En el estado
de Derecho, caracterizado por la monopolización de la fuerza por este mismo, la
libertad no protegida se da en el ámbito de aquellos casos en que el
ordenamiento, por excepción, permite el uso de la fuerza privada. En estos
casos cambia la relación entre derecho y el deber, pues se permite el uso de la
fuerza privada de uno y se desprotege la libertad del otro.
La
libertad en si misma, como bien absoluto consiste en hacer lo que cada uno
quiere, es inalcanzable, porque está en la naturaleza del ser humano quiere
hasta lo imposible, por eso, jurídicamente solo existe la libertad como medio
para lograr algunos fines, por ejemplo, la libertad de conciencia y de
religión, libertad individual, libertades de información, opinión, expresión y
difusión del pensamiento.
En
las institutas de JUSTINIANO defienden a la libertad con la facultad natural de
hacer cada uno lo que quiere, excepto que se lo impida la fuerza o el Derecho.
De
acuerdo con esta definición, en el Derecho romano la libertad indica una
condición personal contrapuesta a la esclavitud.
Es
una utopía afirman que “la materialización de la libertad no es otra cosa que
la completa abolición de la ley, ley libertad son entre si conceptos
excluyentes” porque no puede existir libertad sin Derecho, no sin razón
2.2) DIMENSIONES QUE PRESENTA LA LIBERTAD:
Se
distinguen varia dimensiones o faces de la idea única de Libertad:
A. LIBERTAD
ONTOLOGICA: (llamada también sicológica, o inicial, o de elección)
El
ser humano estructuralmente es libre y como tal tiene conciencia de que él es
libertad. Esta le otorga dignidad al ser
humano. Porque es libre puede acatar o violar las normas de cualquier clase que
sean; y porque es libre responde tanto por sus buenas como por sus malas
acciones. Esta libertad es la que permite trazarse proyectos de vida que le den
sentido a esta y reafirmen su identidad personal. Porque es ontológicamente
libre puede elegir entre varias opciones que se le presenta la vida.
B. LIBERTAD
MORAL: Tiene su origen en la moral personal y constituye la meta por alcanzar
con la libertad ontológica. Es la dimensión moral de la libertad.
La
tendencia a dar al derecho contenidos morales es característica de la teoría
iluminista, respondiendo a la manera de la época, al concepto vigente de la
libertad moral. El propósito de llenar la norma de realidad, se concretaba en
el intento de depositar la libertad en la norma; pero sin que perdiera por eso
su carácter.
C. LIBERTAD
JURIDICA: Supone la falta de impedimentos establecidos por el ordenamiento
jurídicos y que sean, por tanto , susceptibles de ser sancionados heterónomamente.
D. LIBERTAD
SOCIAL: Denominada también política o jurídica, configurada la dimensión
social, jurídica y política. Esta dimensión de ella permite que la libertad
ontológica se ejerza dentro de los límites fijados por el Derechos y que
culmine en la libertad moral. En otras palabras, supone la inexistencia de
impedimentos de carácter social establecidos en los usos sociales.
Esta libertad hace un puente
entra la libertad ontológica y la libertad moral; por eso se la considera como
una libertad instrumental que hace posible construir en la vida social la
libertad moral de cada ser humano y posibilitando a la vez el pleno ejercicio
de la libertad ontológica.
E. LIBERTAD
AUTONOMIA: Es el ejercicio de ella sin la interferencia de otros.
F. LIBERTAD
PARTICIPACIÓN: Es el ejercicio de ella por medio de la participación en el
ejercicio del poder público.
G. LIBERTAD
PRESTACIO: Es el ejercicio de ella cuando al Derecho de crédito que los
ciudadanos tienen frente al estado, el cual está obligado hacer lo necesario
para facilitar el ejercicio de la libertad.
H. LIBERTAD
DEMOCRATICA: Consiste en hacer lo que se
quiere y hacer lo que se debe para que sea posible la libertad moral desde el
ejercicio de la libertad sicológica. Es la libertad social que conecta la
libertad inicial y la libertad moral.
I. LIBERTAD
INTERNA: Estriba en las profundidades de la vida síquica de la persona que la
vive, y por tanto, es desconocida por los demás, quienes no pueden limitarla.
Es la libertad de conciencia de creencia, de pensamiento.
J. LIBERTAD
EXTREMA: Esta es la misma libertad interior pero exteriorizada, objetivada, y
como tal conocida por los demás , quienes pueden limitarla cuando el
ordenamiento jurídico lo permite (por ejemplo, la aplicación de una pena
privativa de la libertad )
K. LIBERTAD
CIVIL: Esta dada por el conjunto de derechos
que todo individuo puede ejercer sin violar los derechos de los demás o
la seguridad social.
L. LIBERTAD
POLITICA: Es la facultad que tienen los ciudadanos de participar en el gobierno
de un país. No es otra que la libertad participación.
M. LIBERTAD
POSITIVA: Llamada también libertad de decisión o de autodeterminación o de
acción se refiere a la autonomía de la voluntad privada que permite a las
personas decidir sus propios actos y que cada persona establezca para sí misma
las normas de comportamiento que considere más adecuadas.
N. LIBERTAD
NEGATIVA: Denominada también libertad de elección, es la que dota a las
personas de un margen de maniobra tal que permite su actuación sin impedimentos
externos.
O. LIBERTAD
PRACTICA: Supone la inexistencia de impedimentos de carácter económico cultural
o técnico para llevar a cabo determina acción.
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