miércoles, 26 de septiembre de 2012

SENTENCIAN A UNA MUJER POR MATAR A UN PERRO EN EL PERÚ

PRECEDENTE PARA EL PERÚ 


El Tercer Juzgado de Paz Letrado de la provincia de Maynas (Loreto) sentenció a Sandra Padilla Alvis por el delito de matrato cruel de animales, La denuncia fue presentada por Alfredo Díaz García, dueño del cachorro de cinco meses de nombre ‘Arthas’. Él acusó a su vecina de haber envenenado a su perro, La sentencia abarca una multa a favor del Estado de S/.1,200 y de S/.800 para el agraviado, Asimismo, Díaz dijo que más allá del monto de la reparación civil, lo que buscó con la demanda es crear un precedente en defensa de los animales. Y TU QUE OPINAS

domingo, 16 de septiembre de 2012

CASOS RESUELTOS DEL CURSO DE DERECHO PENAL PARTE GENERAL





SUPUESTO: 1

“José María, empresario textil, había sido secuestrado por un grupo integrado por tres personas -Manuel, Laura y Bartolomé- pertenecientes a una célula radical anarquista, que pretendía cobrar un sustancioso rescate por su liberación. José María estaba encerrado en el anejo a un discreto almacén de un polígono industrial en las afueras de Tarrasa, de una superficie de 20 metros, en condiciones de aislamiento acústico. La habitación estaba absolutamente vacía, con sólo un colchón en el suelo, y cerrada con puerta maciza de hierro. Sólo un tragaluz, situado a dos metros y medio del suelo, permitía algo de iluminación. José María llevaba ya dos días encerrado, y prácticamente había consumido las provisiones de agua y pan que los secuestradores le habían dejado el día del secuestro, sin que después éstos aparecieran por el almacén. Sucedía que el grupo no se atrevía a acercarse al polígono pues se creía vigilado por la policía, y trataba infructuosamente de ponerse en contacto con la familia para negociar el rescate. Al cuarto día de encierro, temerosos de que el secuestrado pudiese morir de hambre, el grupo se acercó al almacén, y al entrar observaron que José María yacía muerto en el suelo. La muerte se produjo por traumatismo craneoencefálico, al caer la víctima al suelo de espaldas intentando acceder al tragaluz por donde pretendía huir”.
Cuestiones:
Analice las posibilidades de imputar objetiva y subjetivamente la muerte de José María a los tres miembros del grupo. Razone la respuesta.

ANÁLISIS:
Para el caso en particular desde una óptica de la Imputación Objetiva, tanto Manuel, Laura y Bartolomé,  que pertenecen a esta cedula anarquista, han sobrepasado la línea abstracta que divide los riesgos permitidos de los riesgos prohibidos y estos están fuera del ámbito cubierto por los riesgo que no son relevantes y que no pueden dar lugar a una responsabilidad penal, privar de la libertad a una persona es un delito[1], objetivamente se les puede imputar por el delito de secuestro, ya que su conducta configura un riesgo prohibido. En conclusión los tres miembros del grupo anarquista no responderían por la muerte del empresario exitoso por los siguientes motivos.
No se puede configurar que existió el delito de homicidio por una sencilla razón, PRIMERO; existió si una relación causal natural entre la conducta y el resultado, SEGUNDO; la acción realizada por los secuestradores ha creado un peligro jurídicamente desaprobado, TERCERO; pero el resultado no es producto del mismo peligro, ya que Rafael murió tratando de salir, y no es resultado del secuestro.[2]
En el plano subjetivo, los secuestradores se le podrían ser culpados por la muerte, desde la figura de la CULPA INCONCIENTE; ya que, ellos no previnieron el proceso que afecto el bien jurídico, que exigía un deber de cuidado, además no tuvieron la conciencia de la creación del peligro[3]. Pero no constituirá pena privativa de libertad por culpa inconsciente, solo por secuestro.
Por lo tanto  Manuel, Laura y Bartolomé, solo responderían, por el delito de secuestro mas no por la muerte de JOSE MARIA. Objetivamente.

 SUPUESTO: 2
“La tarde del 4 de abril , en el pueblo de Collote (Oviedo), con motivo del deslinde de una finca se promovió una disputa entre Claudio y el procesado Rafael, durante la cual, sacando éste un arma corta de fuego hizo varios disparos con ánimo homicida contra Claudio, causándole una lesión en la región paratoidea izquierda, que interesó la laringe y el cuerpo tiroides e hizo precisa la intervención quirúrgica, practicándole a las pocas horas la traqueotomía en el Hospital Provincial de Oviedo, sobreviniendo más tarde una bronconeumonía de naturaleza infecciosa ocasionada por no hallarse en la debida asepsia el bisturí utilizado, y que determinó el fallecimiento, ocurrido el día siete siguiente. De no haber surgido la expresada infracción, la herida sufrida hubiera curado sin defecto ni deformidad a los pocos días.”
1.    ¿Cree que existe relación de causalidad, entendida conforme a la teoría de la equivalencia de condiciones, entre la conducta de Rafael y la muerte de Claudio? ¿y según la teoría de la causalidad adecuada?
Según la teoría de la equivalencia de condiciones propuesta por el procesalista  JULIUS GLASER, que fue desarrollada posteriormente  por el magistrado M.  VON BURI, si existiría una relación causal puesto que según esta teoría, causa es toda condición  de un resultado[4],  y se puede identificar que cada una las condiciones que concurren en un resultado tienen idéntica y equivalente calidad causal[5], y esta se puede identificar si suprimiendo mentalmente la acción el resultado no se hubiera producido; y permite comprobar la existencia de un nexo causal.
En el problema planteado podemos identificar la relación causal entre la conducta de Rafael que produjo la muerte de Claudio.
Según la teoría de la causalidad adecuada formulada por el fisiólogo Friburgo J.VON KRIES[6] se requiere que le resultado causado por el autor fuese hasta cierto punto probable al realizarse la acción para que esta pueda contemplarse como causa del resultado, la condición tiene que ser adecuada y solo son las condiciones típicamente apropiadas para producir el resultado, es una causa en sentido jurídico penal ya que la conducta tiene que poseer una tendencia a provocar un resultado típico mientras que las otras condiciones son jurídicamente irrelevantes; en el caso propuesto la acción que realizo Rafael con ánimo homicida contra Claudio no es determinante para causar el resultado conocido debido que en el mismo caso hace mención que la herida sufrida se hubiera curado perfectamente en poco días, por tal motivo mi conclusión es que no existe una relación causal entre la acción y el resultado de acuerdo a esta teoría.

2.    ¿Cree que puede imputar objetivamente la muerte de Claudio a la conducta de Rafael? ¿por qué? De acuerdo con su respuesta  ¿Cuál habría de ser la calificación de la conducta?

Desde mi punto de vista no se le puede imputar la muerte de Claudio a Rafael puesto que, la muerte se ha producido a raíz de de la intervención quirúrgica al no hallarse en la debida asepsia el bisturí utilizado y no por la disputa que surgió entre los dos, al ser internarlo en el hospital se deposita la confianza en los médicos para que lo salven debido a que su función de todos los medios es auxiliar a todos los pacientes; “No cabe imputación a la conducta cuando el sujeto obra confiado en que los demás actuarán dentro de los límites del riesgo permitido, quien realiza un comportamiento riesgoso, en general ilícito actúa confiado en que, quienes participan con él, van actuar correctamente conforme a las reglas preexistentes”[7]; por lo tanto concluyo diciendo que no se le puede imputar objetivamente la muerte a Claudio por el principio de confianza.

SUPUESTO: 3
“En el curso de una pelea entre Pedro y Manuel, sobre el muelle del puerto de La Coruña, se produjeron los siguientes hechos: Pedro, en evidente estado de embriaguez alcohólica perdió el equilibrio al tratar de evitar el enésimo golpe de puño en la cara, cayendo al agua con una momentánea pérdida de conocimiento. Era el mes de febrero y la temperatura del agua no superaba los cuatro grados. Manuel hubiese podido, sin gran esfuerzo, sacar personalmente del agua a Pedro, puesto que el cuerpo flotaba justo pegado al muelle. Pese a esto, decidió irse. Pedro recuperó momentáneamente la consciencia al marchar su agresor, pero no pudo salir del agua a causa de su estado etílico y la temperatura del agua, falleciendo por hipotermia al cabo de pocos minutos”

1.    ¿El caso nos plantea un supuesto de omisión propia del deber de socorro o de comisión por omisión. Razone su respuesta.

Según la doctrina un delito de omisión propia contienen un mandato de acción y se castigan por la simple infracción de dicho mandato, o delitos conocidos de mera actividad mientras que los delitos de omisión impropia o también llamados “comisión por omisión” son aquellos que no se menciona expresamente en el texto legal[8]
En este caso se plantea el delito de omisión propia puesto que infringe una norma de mandato, ya que este omite y se abstiene de prestar auxilio a Pedro que muere a consecuencia de la disputa que tuvo con Manuel y desde la perspectiva de Jackobs, los delitos propios de omisión son delitos especiales en sentido amplio, debido a que el autor siempre está definido como el mismo en una situación de responsabilidad por organización tal como sucede en la comisión de socorro, en que refiere que el autor sea una persona que se encuentre en desamparo, accidente o calamidad general.
2.    ¿Cree que exista dolo de homicidio en la conducta de Pedro, En caso afirmativo. ¿De qué clase?
Desde mi punto de vista la pregunta sobre dolo homicida debe recaer sobre Manuel y no sobre el sujeto pasivo que es Pedro ya que este es quien recibe la agresión y en ningún momento se convierte en sujeto activo.
Por otro lado si la pregunta recae sobre Manuel existiría dolo eventual, puesto que el sujeto no tiene la intensión pero acepta el resultado al irse y por no prestar socorro aceptando la muerte como consecuencia de su comportamiento.
    
SUPUESTO: 5

“Una madre asfixia a su bebé al girarse sobre él mientras dormía, tras darle pecho durante la noche”
Analice el problema que suscita el caso desde la perspectiva de la acción, considerando las siguientes variantes:
Cuestiones:
1.- Se trataba de una madre primeriza que nunca se representó el riesgo que comportaba dormir con el bebé, ya que siempre había tenido un sueño muy tranquilo y sin movimientos.
En este caso particular nos encontramos frente a los presupuestos de ausencia de acción, que a continuación desarrollare.
Dentro de los presupuestos se observa que el estado de inconsciencia[9],  no están controlados por la voluntad, como el sueño que  la madre tenía en el momento que asfixio a su pequeña hija, de esta manera se incurriría en una situación de privación de la conciencia, por el cual una persona pierde contacto con el mundo exterior, en conclusión no existiría ningún problema ya que ella tenía un sueño tranquilo y sin movimientos, donde se configura la ausencia de acción pero puede imputársele a la señora por la responsabilidad que ella tenía (ACTIO LIBERA IN CAUSA), dado que todas las personas deben tomar las medidas pertinentes para evitar el resultado.
2.- La madre sabía que tenía un sueño intranquilo, con movimientos bruscos, pero nunca pudo imaginar tal desenlace.
En la segunda variante presentada, si tendría necesariamente que imputársele debido a la situación de conocimiento que tenía la señora, y aun así pernocto con la pequeña, sería responsable por culpa consiente.[10]
3.- En este último caso, valore si concurre imprudencia en la muerte de su bebé. Suponga ahora que la mujer, conociendo tal riesgo, y sabiendo que su sueño era muy problemático (con constantes movimientos bruscos, etc.), se representa dicho peligro, pero que una noche, agotada, renuncia a sacar al bebé de la cama y ponerlo en su cuna, confiando en que no pasará  nada: analice el caso desde las estructuras del dolo eventual y su diferencia con la imprudencia.
El dolo eventual señala que el autor considera seriamente la posibilidad de realización del tipo, significa que el sujeto acepte la realización del resultado o por lo menos se resigne a ella[11]. En el caso  concreto no se configura el dolo eventual puesto que la mama, no se represento los resultados tampoco lo  acepto.
En otro aspecto tanto en los sistemas jurídicos actuales, la imprudencia es llamada también CULPA, el código penal de 1991 utiliza la denominación culpa creemos que en la actualidad el uso del término imprudencia es el más adecuado, la comisión especial revisora del código penal del 2004, discutió la posibilidad de utilizar el término de imprudencia, sin embargo el pleno decidió mantener la denominación usada en el actual código penal[12].
Conociendo que la imprudencia es igual a culpa la señora tiene que responder subjetivamente por culpa consiente.

SUPUESTO: 12
Desde que María cumplió los once años de edad, Juan (pareja sentimental de Pepa) mantuvo en diversas ocasiones relaciones sexuales con María (hija suya y de Pepa), para lo cual entraba en la habitación de la menor y en otras la llevaba a su propio dormitorio penetrándola vaginalmente. Como María sentía dolor, Juan le tapaba la boca con la mano para que no gritara, pues en el domicilio también vivían otros tres hijos menores de la pareja. Estas relaciones fueron conocidas por la madre de la niña (Pepa), quien no sólo no hizo nada por impedirlas, sino que incluso en alguna ocasión llevó a María al dormitorio de ambos a fin de que éste cumpliera sus lascivas intenciones.

 Cuestiones:
1.  ¿Cuál es la conducta penalmente imputable a Pepa? Razone la respuesta.
PEPA estaría considerada como coautora del delito de violación de un menor de edad. Ya que no participa directamente pero ayuda a cometer el ilícito.
PEPA tendría que responder objetivamente porque es conocedora del delito que incurre su esposo y no hace nada al respecto además se configuraría el delito de violación a un menor de edad estipulado en el código penal articulo "Artículo 173.- Violación sexual de menor de edad
El que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, con un menor de edad, será reprimido con las siguientes penas privativas de libertad:
1.    Si la víctima tiene menos de diez años de edad, la pena será de cadena perpetua.
2.    Si la víctima tiene entre diez años de edad, y menos de catorce, la pena será no menor de treinta años, ni mayor de treinta y cinco.
3.    Si la víctima tiene entre catorce años de edad y menos de dieciocho, la pena será no menor de veinticinco ni mayor de treinta años.
4.    Si el agente tuviere cualquier posición, cargo o vínculo familiar que le dé particular autoridad sobre la víctima o le impulse a depositar en él su confianza, la pena para los sucesos previstos en los incisos 2 y 3, será de cadena perpetua.
2. Considere ahora la alternativa, de que Pepa conocía lo que estaba realizando Juan con su hija y simplemente no hizo nada por evitarlo (aunque en ningún caso llevó a María al dormitorio de Juan). 
Con este presupuesto, se configura la complicidad de Pepa (madre), ya que está constituida por las contribuciones o auxilios, anteriores o simultáneos, que son utilices para la realización de un delito, estas contribuciones deben haberse dado en un contexto, pues de los contrario quedara en el marco de lo socialmente permitido (prohibición de regreso). Cuando se contribuye a un delito en un contexto delictivo pasa a ser obra también de los cómplices, quienes tiene cierto grado de dominio del hecho, la complicidad puede tener lugar por acción u omisión, en el caso propuesto es complicidad por omisión ya que no hizo nada para violación reiterada hacia la agraviada.[13]


[1] ARTICULO N 152- .…() el que sin derecho, motivo, ni facultad justificada, priva ha otro de su libertad personal…. ()
[2] VILLAVICENCIO TERREROS, Felipe. Derecho Penal Parte General. Edit. Grijley. Ed. 2006, Página 323.
[3] VILLAVICENCIO TERREROS, Felipe. Op cit. Página 404.
[4] GARCIA CAVERO, Percy. Derecho Penal Parte General. Edit. Juristas Editores. Ed. 2012, Página 402.
[5] VILLAVICENCIO TERREROS, Felipe. Op cit. Página 318.
[6] Ibíd. Pág. 319.
[7] VILLAVICENCIO TERREROS, Felipe. Op. Cit., Página 327
[8] VILLAVICENCIO TERREROS, Felipe. Op. Cit., Página 653.
[9] Ibíd. Pagina 275.
[10]La culpa consiente exige en el sujeto la confianza que el resultado, a pesar de su posibilidad, no se producirá”
[11] VILLAVICENCIO TERREROS, Felipe. Op. Cit., Página 372.
[12] Ibid.Pàgina.404.
[13] GARCIA CAVERO, Percy. Op Cit Página 713.

GRUPOS DE PRESIÓN Y MOVIMIENTOS SOCIALES EN EL PERÚ




INTRODUCCIÓN
El poder político del Estado no tiene que ser utilizado por una verdadera torre de Babel de movimientos sociales, grupos campesinos, pueblos originarios, ONG e intelectuales que  segregan y dividen a la población. Lo que resultaría si el gobierno se basa en  los movimientos sociales  y grupos de presión que ha por largos años ha sido hábilmente inducido para el logro de sus fines hegemónicos, pues lo que más caracteriza a un movimiento social y algunos grupos de presión es  el hecho de ser esencialmente reivindicativo cuya finalidad es la defensa o la promoción de ciertos objetivos precisos, de connotación generalmente social.
El capítulo I: EL ORIGEN Y DESARROLLO DE LOS GRUPOS DE PRESION Trata de englobar el  desarrollo histórico  que  surgen  Los grupos de presión  que utilizan los medios a su alcance buscando la manera de dominar la opinión pública. Diferenciando entre ella por sus características.
El capítulo II: MOVIMIENTOS SOCIALES; básicamente como se origino los movimientos sociales a través de la historia desde una perspectiva sociológica.
El autor.

 CAPÍTULO I
 GRUPOS DE PRESION
1.1         CONCEPTO
Asociación o grupo organizado de personas o instituciones que manifiestan deseos conscientes o intereses comunes a sus miembros, realizando una acción destinada a influir en las instituciones del poder público para producir decisiones de éste favorables a sus fines. Algunos autores prefieren usar el vocablo cabildeo en vez de grupo de presión para referirse a los grupos que intentan ejercer presión sobre el poder público, ya que la mayor parte de dichos grupos, durante la mayor parte del tiempo sólo plantean solicitudes y en el caso de usar la presión, ella no es utilizada de manera regular (Finer, S.E.: The Anonymous Empire. Ed. Pall Malí. Segunda edición, 1966).

1.2.       CARACTERISTICAS.


Los rasgos que caracterizan al grupo de presión son los de ser: 1) un grupo organizado; 2) expresar conscientemente intereses parciales o particulares; 3) ejercer presión sobre el poder público para obtener sus fines; 4) no buscan ejercer por sí mismos el poder público y 5) no asumen la responsabilidad de las decisiones adoptadas bajo su influencia.

1.3.        CLASIFICACION:
1.3.1.   Grupos de personas y grupos de organizaciones:
Este criterio atiende a la naturaleza del grupo. Hay grupos de presión integrados de personas naturales (sindicatos, asociaciones gremiales, asociaciones profesionales, asociaciones de vecinos, etc.), como hay grupos de presión constituidos por otros grupos o asociaciones (federaciones y confederaciones de sindicatos o asociaciones profesionales; federaciones o confederaciones de organizaciones campesinas; federaciones o confederaciones de asociaciones estudiantiles; federaciones o confederaciones de organizaciones empresariales, etc.).

1.3.2.   Grupos de masas y grupos de cuadro:
Los grupos de presión de masas están compuestos de una gran cantidad de miembros, con una organización bien estructurada y con aportes financieros pequeños y regulares (organizaciones sindicales de trabajadores industriales o de campesinos). Los grupos de presión de cuadros están compuestos de una cantidad pequeña de miembros con fuerte influencia económica o social (asociaciones de banqueros, asociaciones de grandes empresarios industriales o agrícolas, etc.).
1.3.3.   Grupos de presión exclusivos y grupos de presión parciales:
Los grupos de presión exclusivos son aquellos cuya razón de ser para constituirse es ejercer presión (los lobbies en Estados Unidos). Los grupos de presión parciales son aquellos grupos en los que la presión es utilizada en momentos específicos o como instrumento adicional, no siendo ella la única finalidad del grupo (asociaciones profesionales, asociaciones de cooperativas, asociaciones empresariales, etc.).
1.3.4.   Grupos de presión promocionales y grupos de presión funcionales o seccionales:
Los grupos de presión promocionales o de causa tienen por objeto promover un ideal o una causa determinada, su número de adherentes no es susceptible de apreciarse. Tales asociaciones buscan atraer miembros con base en compartir determinados valores o una visión determinada de ciertos problemas (sociedades protectoras de animales, asociaciones opuestas al uso de centrales atómicas, Amnesty International, etc.). Los grupos de presión seccionales o funcionales son aquellos que hablan en nombre de una función o sección reconocible de la sociedad (agrupaciones de comerciantes, federación de sindicatos industriales, colegios profesionales).

1.3.5.   Grupos de presión privados y grupos de presión públicos:

Los primeros son todos aquellos que emergen de la organización de la sociedad civil, mientras que los segundos están compuestos de personas o agrupaciones de ellas que desarrollan sus funciones dentro del poder gubernamental o estatal (organizaciones de funcionarios públicos, las fuerzas armadas, organizaciones militares, industriales).

1.3.6.   Grupos de presión nacionales e internacionales:
Los grupos de presión nacionales son aquellos que desarrollan su acción dentro de los límites de un Estado. Los grupos de presión internacionales ejercen su acción traspasando los límites de un Estado, sin que necesariamente puedan ser identificados con las organizaciones internacionales.
1.3.7.   Grupos de presión directos e indirectos:
Los primeros son aquellos que presionan en búsqueda de su propio interés (agrupaciones profesionales, asociaciones empresariales, asociaciones sindicales). Los segundos son aquéllos que ponen al servicio de otros grupos su influencia a cambio de una remuneración (los lobbies en Estados Unidos).
1.3.8.   Grupos de presión material y moral:
Entre los últimos que tienen intereses morales o valóricos, encontramos las asociaciones filantrópicas, agrupaciones culturales, las iglesias. Entre los primeros que son aquellos que persiguen un interés material generalmente de carácter financiero (aumento de remuneraciones, alzas de precios, deducciones tributarias, bonificaciones), aunque también pueden ser de otro orden (mejoramiento de las condiciones de trabajo, ventajas previsionales, entre otras).

1.4.        FORMAS DE PRESION UTIIZADAS:
           
1.4.1   La persuasión
Esta forma de presión se emplea a través de las negociaciones, la información y la propaganda, con el objeto de convencer de que ella está orientada hacia el bien común, aun cuando en la práctica representa el interés particular o sectorial que sirve al grupo de presión respectivo.
1.4.1   La intimidación:
Esta forma de presión lleva aparejada una amenaza velada o abierta del uso de la fuerza o de no colaboración con el gobierno en el caso de no aceptarse la propuesta del grupo de presión.
1.4.1   La corrupcion:
Constituye éste el mecanismo más contrario al ordenamiento jurídico, siempre se realiza fuera del escenario público, utilizándose generalmente medios económicos para recompensar la decisión política favorable al grupo de presión.
1.5.        LIMITES DE LA EFECTIVIDAD Y GRUPOS DE PRESION:
La fuerza y efectividad del grupo de presión dependen de la importancia del grupo más que de la forma jurídica que éste adopte. La efectividad del grupo de presión dependerá del sistema político en que éste se inserte y de los recursos que controle, de la facilidad de acceso a las autoridades competentes para adoptar la decisión política. Los recursos económicos constituyen una manera de facilitar la influencia directa o indirecta, ya que ellos permiten adquirir y orientar los medios de comunicación, entregar información orientada, influir en la opinión pública, etc. La fuerza del grupo de presión es creciente a medida que controle un bien escaso, sea éste material o inmaterial (conocimiento, capacidad, riqueza), ya que ello lo sitúa en una posición negociadora más fuerte. En los regímenes democráticos el número de las personas que conforman el grupo de presión y el apoyo de la opinión pública constituyen un elemento importante de su fuerza negociadora, ya que el poder político se sustenta en la decisión ciudadana que se expresa normalmente a través del sufragio. Los límites de la eficacia de los grupos de presión están dados porque éstos son diversos y persiguen objetivos paralelos o muchas veces contradictorios entre sí, como asimismo, al hecho de que la presión no es sólo unidireccional, vale decir, de los grupos de presión hacia el poder público, sino que también el poder público puede influir en los grupos de presión a través de las decisiones que adopte.
 
Otro factor limitante de la eficacia de los grupos de presión es que las personas que los integran pertenecen a otros grupos, ello hace que su lealtad a cada grupo del que participan sea una lealtad parcial y condicional, dependiendo la mayor o menor lealtad de la importancia de los propósitos del grupo de presión para la vida de sus integrantes. Finalmente, la compatibilidad o incompatibilidad de los intereses del grupo con los valores predominantes de la sociedad respectiva, constituye un elemento que puede favorecer o limitar la eficacia del grupo de presión.
1.6.        RECONOCIMIENTO Y ROL POLITICO- JURIDICO:
La regulación de los grupos de presión por el ordenamiento jurídico se desarrolla en los regímenes políticos contemporáneos durante el siglo XX. Especialmente se desarrolla con posterioridad al término de la Segunda Guerra Mundial.
 
Esta regulación ha tomado distintas orientaciones, las principales son la orientación norteamericana, la orientación europea de la democracia consociativa y la orientación europea de la institucionalización de los grupos de presión en consejos económico-sociales.
 
1.         La orientación norteamericana consiste en institucionalizar, regular la acción de los grupos de presión y establecer límites a su accionar. Ejemplo de ello son los Lobbies cuya función de lobbing fue regulada jurídicamente y definida en sus marcos de actuación por la Federal Regulation of Lobbying Act o ley La Fallete Moroney de agosto de 1946, complementada por otras medidas posteriores.
 
2.         La orientación europea de la democracia consociativa que prevalece en los países escandinavos y en Austria, tiene como base fundamental el acuerdo trilateral, gobierno, trabajadores y empresarios, para diseñar la política económica que, luego de ser aprobada por consenso, regirá en los distintos países mencionados.
 
3.         La orientación europea de los Consejos Económico-Sociales. Esta orientación tiende a encausar la participación de los grupos de presión en órganos consultivos, representativos de los diversos grupos organizados de carácter económico y social, teniendo funciones de consulta, debate, concertación y evaluación, en distintos grados según los países. Estos consejos están establecidos en la Constitución Política del Estado como es el caso del Consejo Nacional de la Economía y del Trabajo de Italia y el Consejo Económico y Social de Francia; en otros países están establecidos a nivel infraconstitucional como en el caso de los Países Bajos y Luxemburgo.
 
Estos consejos se han desarrollado dentro de países africanos como Alto Volta, Camerún, Gabón, Mauritania y Togo, con distintas modalidades en diferentes contextos políticos. En algunos países europeos encontramos también las fórmulas de las Asambleas Económicas como una forma más plena de integración de los grupos de interés sectoriales, ya que tales asambleas se sitúan al lado de la asamblea de representación política clásica.
 
Así, el parlamento se integra por una cámara representativa de intereses y otra elegida con criterios político-territoriales tradicionales. Es el caso de Yugoslavia, Irlanda y el Lander de Baviera, entre los más destacados. En el caso de Yugoslavia, el parlamento se integra con cinco cámaras, tres de las cuales están integradas por representantes de organizaciones sindicales, cooperativas y otros organismos pertenecientes a cada una de las ramas de actividad (el Consejo Económico, el Consejo Cultural y Educacional, y el Consejo de Asuntos Sociales y Salud).
 
En el caso de Irlanda, el Senado tiene una representación con base económica, técnica y cultural. De sus 60 integrantes, 43 son elegidos por los representantes de los diferentes estratos socio-económicos: cultura, industria, agricultura, administración pública y trabajadores; 6 son elegidos por las universidades y 11 son designados por el Primer Ministro.
El Senado en el Lander de Baviera está integrado también por 60 miembros: 11 representan a los sindicatos; 11 representan a la economía agrícola y forestal; 5 a la industria y el comercio; 5 a la artesanía, 4 a las corporaciones liberales; los restantes corresponden a municipios y asociaciones de municipios, comunidades religiosas.
 
En América Latina ha existido una tendencia a desarrollar las orientaciones europeas tanto de concertación social como de consejos económico-sociales. Estos últimos, sobre todo, en el cono sur del continente, en Argentina (Herrera, Enrique: Los Consejos económico-sociales. Ed. Eudeba, Argentina, 1972) y en Chile (Consejo Económico y Social establecido en 1983), aun cuando este último no es representativo en términos objetivos, al menos en la parte correspondiente al sector laboral.
 
Por otra parte, en varios países latinoamericanos se han desarrollado instancias de consulta con los grupos de interés afectados, sobre las decisiones que deben adoptarse por el parlamento o por el gobierno.

  
CAPITULO II
MOVIMIENTOS SOCIALES
2.1.    CONCEPTO:
Los movimientos sociales se incluyen en la categoría de “ACTORES POLÍTICOS COLECTIVOS” ya que a pesar de las grandes diferencias  que estos mantienen  con los partidos políticos y los grupos de presión o intereses, los actores políticos colectivos comparten:
·         Una relativa estabilidad organizada.
·         Una comunidad de objetivos, ideas e intereses entre sus miembros.
·         Una idea de acción  coordinada y organizada.
·         La voluntad de intervenir en la política incidiendo asi en la gestión de un conflicto social.
“Entendemos por movimiento social a un proceso de acción colectiva politizada dirigido a luchar contra formas de acumulación y colonización que reproducen la injusticia y que cuenta con una visión alterna de sociedad y desarrollo”.
Es necesario hacer una distinción entre MOVIMIENTOS SOCIALES Y PARTIDOS POLITICOS fundamentalmente tienes algunas características definidas:
·         Su débil estructuración
·         Su orientación hacia el poder que muchas veces suele ser conflictiva.
·         Discurso temático o  transversal.

2.2.    DESARROLLO:
Las ciencias sociales se ocupan de la complejidad del fenómeno de los movimientos sociales desde hace aproximadamente ciento cincuenta años, con la aparición de los primeros estudios derivados de los cambios sociales producidos por la revolución industrial (siglo XVIII y principios del XIX,), al ser los movimientos sociales un factor importante de cambio social y de desarrollo político. Sin embargo, y salvando las diferencias específicas de cada país, el interés científico sobre los movimientos Sociales ha pasado por diferentes fases. En los países de la Europa occidental el estudio del fenómeno de los movimientos sociales  prácticamente desapareció en los años que siguieron la posguerra, no volviendo a despertar interés en las ciencias sociales hasta bien  entrada la década de los años setenta.
La investigación de los movimientos sociales abarca desde el análisis del primer movimiento obrero realizado básicamente por LORENZ VON STEIN en Alemania, hasta trabajos politológicos aparecidos a principios de la década de los años sesenta. Sin embargo, es a comienzos del siglo XX cuando se producen las primeras investigaciones de Ferdinand Tonnies, Rudolf Haberle y Marianne y Max Weber. En los países europeos —especialmente en Alemania—, los movimientos sociales han sido estudiados partiendo de tres caminos diferentes:
·         como una parte descriptiva de la historia de las ideas.
·         como una parte de la movilización política en los sistemas totalitarios, o bien centrándose en el movimiento obrero.

Las primeras investigaciones de la postguerra se producen en los EE.UU. y son llevadas a término por el sociólogo Robert E. Park. En estas investigaciones también hay aportaciones de la psicología de masas realizadas en Francia e Italia. Sin embargo, el estudio de las causas que provocaron el conflicto y la crisis del sistema de participación
democrática y la subida al poder de los movimientos fascista y comunista de los años treinta, es la causa que provoca un redescubrimiento del fenómeno de los movimientos sociales como disciplina sociológica central. Del mismo modo, y a raíz de la experiencia mundial de los movimientos totalitarios, los movimientos sociales fueron conceptualizados como un fenómeno potencialmente peligroso de forma de conducta colectiva política en las democracias occidentales.
Desde el marxismo, se ha interpretado a los movimientos sociales con expectación y reservas Para los marxistas, los movimientos sociales son expresiones colectivas de descontento social y de cambio social. Los debates actuales se centran en la «racionalidad» de los fenómenos colectivos, en los estudios de la movilización de recursos, en los mecanismos por los que los movimientos sociales reclutan a nuevos miembros y en las formas en que la movilización ciudadana y la movilización de recursos tienen un papel decisivo en los movimientos.
A comienzos de los años ochenta, se han centrado principalmente en el movimiento obrero, y su conexión con el movimiento cristiano, o en el movimiento vecinal o sobre los movimientos sociales, durante los primeros años de la transición democrática

2.3.   IMPACTO DE LOS MOVIMIENTOS SOCIALES:
Es muy difícil demostrar la cantidad y la calidad del cambio que produce un movimiento social y en consecuencia relacionarlo con las características particulares del movimiento.
Sin embargo a los movimientos sociales se les atribuye el impacto en los se puede diseccionar la actividad política:
·        SIMBOLICO: con cambios en los sistemas de valores opiniones, actitudes y conductas sociales e individuales.
·        INTERACTIVO con la capacidad de hacer emerger nuevos actores políticos o de generar cambios en la estructura de la representación política.
·        INSTITUCIONAL habilidad de nuevos procedimientos administrativos.
·        SUSTANTIVO cambio en ciertas políticas gubernamentales en marcha obteniendo derechos individuales, civiles y sociales.

2.4.   MOVIMIENTOS SOCIALES EN EL PERU:
         2.4.1  LOS 80 s:
La década de 1980 fue de consolidación de ciertos movimientos sociales, como el movimiento de DDHH, el feminista y el de mujeres. Como ya se explicó en el apartado anterior, el movimiento de DDHH tuvo sus inicios a fines de los 70s pero su fortalecimiento fue en la década del 80, producto de la violencia política que se vivía y en especial a partir de la formación de la Coordinadora Nacional de DDHH en 1985. El movimiento de mujeres se consolidó y dejó de ser una agrupación de mujeres alrededor de “ollas comunes”, para pasar a ser mujeres organizadas en diferentes organizaciones de base que se preocupaban principalmente por la sobrevivencia, pero que cada vez ampliaban más su agenda y objetivos. Las feministas tuvieron mucha fuerza en esta década y se unieron al movimiento internacional, participando en diferentes encuentros feministas. El Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe fue en 1981. En la segunda mitad de 1980 ocurrió una confluencia entre estos dos últimos movimientos: las feministas y las mujeres de base trabajaron juntas en diferentes temas que las acercaban, como por ejemplo, el de la violencia a la mujer.
Junto con estos tres movimientos, en la década de 1980 van apareciendo los movimientos regionalistas, movimientos del interior del país que luchaban por mayor autonomía, por una descentralización en el país.
Esta década también supuso el decaimiento de los dos movimientos que existían desde hacía más tiempo: el agrario y el sindical. En ambos casos sufrieron de agotamiento y debilitamiento que haría que fueran desapareciendo o, por lo menos, que su presencia no tuviera la importancia y trascendencia en el escenario nacional que había tenido años antes. Las principales causas de este decaimiento fueron
 1) la violencia política
 2) el debilitamiento de las organizaciones económicas que formaron su base.
Debemos destacar que en esta década los movimientos sociales se encontraron “entre la espada y la pared”. Por un lado, tenían a los militares peruanos y, por el otro, a Sendero Luminoso. No podían negociar con ninguno, porque ambos exigían que se unieran a sus filas y también los acusaban de pertenecer al otro bando. Producto de ello fue que en estos años muchos dirigentes fueron asesinados o forzados al exilio.
         2.4.2  LOS 90 s:
Casi toda la década de 1990 estuvo caracterizada por la desarticulación de los movimientos sociales, producto primero de la violencia política y luego del neoliberalismo, la corrupción y el populismo. Muchos de los que en las décadas pasadas habían ostentado fortaleza y consolidación ahora pasaban por crisis internas. Los movimientos que más decayeron fueron el agrario y el sindical. El movimiento feminista tuvo fuerza en el principio de la década, incluso con buenas relaciones con el gobierno. Sin embargo, en la segunda mitad su presencia decayó significativamente. Otro de los movimientos que entró en crisis fue el regionalista, pero éste fue uno de los que se fortaleció a fines de la década. Y es que hay que resaltar que para fines de los 90s muchos peruanos estaban en contra del gobierno autoritario de Fujimori. Ante una re-reelección que daba rasgos de ser fraudulenta, se organizaron diversos sectores de la población y salieron a las calles para derrocar al gobierno fujimorista. Esto permitió el comienzo de la recomposición del movimiento social.
Aparecieron, además, dos nuevos movimientos sociales: el cocalero y el ambientalista A pesar del autoritarismo que caracterizó este gobierno, durante esta década se dieron avances en políticas de inclusión, principalmente hacia la mujer. Se creó el Ministerio de la Mujer y se aprobaron leyes que mejoraban su situación.
         2.4.3  AÑO 2000:
En esta década muchos movimientos han decaído en presencia y fortaleza, algunos llegando incluso a desaparecer del espectro o pasar a su mínima expresión. Por ejemplo, apareció el movimiento TLC Así No, dedicado únicamente al seguimiento e intento de influencia en las negociaciones del TLC con EEUU, pero desapareció una vez que el TLC con EEUU fue firmado. El movimiento feminista perdió mucha de su fuerza y presencia, actualmente existen organizaciones feministas, pero el movimiento es poco activo. El movimiento regionalista se debilitó bastante los primeros años, en gran medida precisamente por sus logros: el proceso de descentralización. Para fines del gobierno de Toledo volvió a adquirir fuerza e importancia, con paros, marchas y movilizaciones en diferentes regiones. Una de las más importantes fue el conocido “Arequipazo” en el 2002. Es importante señalar que este movimiento se ha caracterizado por diferentes expresiones regionales, aunque sin mayor relación una con la otra, no estamos ante una expresión nacional. Por último, es importante señalar que, después de muchos años de debilitamiento, a fines del gobierno de Toledo el movimiento sindical empezó un proceso de recuperación. El movimiento cocalero se ha debilitado considerablemente, al punto de encontrarse en una crisis interna en la actualidad.
Pero frente a ellos tenemos una gama de movimientos sociales que o se han mantenido o se han recuperado. En lo referente al campo, el movimiento agrario, el movimiento indígena y el movimiento alrededor de las industrias extractivas son tres actores muy importantes, que últimamente trabajan juntos, lo que refleja intentos de unificación. En el caso del movimiento agrario, hubo una redefinición o “re-acomodo” de los agrarios “tradicionales” adoptando una identidad más “indígena”, y los agrarios “modernos”. En el caso del movimiento alrededor de las industrias extractivas, el papel de la Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería (CONACAMI) fue fundamental.
Estos tres movimientos también realizan acciones con el movimiento sindical y los movimientos regionales. Es decir, el movimiento sindical se encuentra en proceso de refortalecimiento, aunque todavía relativamente débil, después de dos décadas de decaimiento. Y los movimientos regionales han venido actuando en algunas regiones (tales como Loreto, Moquegua, Cusco, Puno o Ayacucho) con un papel fundamental.
Paralelamente, el movimiento de mujeres volvió a adquirir fuerza, esta vez como un movimiento popular, de base, de mujeres organizadas que no sólo buscan alimentos, sino que tienen agendas que van mucho más allá. El movimiento ambientalista, aunque con mucha división en su interior, hoy tiene presencia importante, e incluso ha sufrido de las arremetidas del Gobierno. Y, por último, el movimiento de DDHH, que se ha mantenido en la lucha para que no se olviden los hechos de violencia y para evitar que el contexto que permitió que ello ocurriera, vuelva a aparecer. Quizá su expresión más importante sea el movimiento Para Que No Se Repita. Fue muy importante la extradición del ex presidente Alberto Fujimori y el inicio de su juicio, en el que está acusado por delitos de lesa humanidad. La agenda de DDHH también ha retomado los derechos económicos, sociales y culturales que eran preocupaciones de la década del 70.

Así, entonces, encontramos que en las últimas cuatro décadas el Perú ha pasado por diferentes modelos políticos y económicos que han permitido el auge y fortalecimiento de ciertos movimientos sociales, pero también el debilitamiento y desaparición de otros. Todo ello nos da un panorama actual en el que encontramos muchos más movimientos sociales presentes que los que había en la década del 70 (aunque ello no quiere decir que tengan más fuerza que la que había en esta década). Quizá estemos antes un resurgimiento de los movimientos sociales


CONCLUSIONES
Los grupos de presión y movimientos sociales estudiados en el trabajo han tenido diferentes fases históricamente determinadas. En la actualidad ya no se centra exclusivamente en la historia de las ideas, en la movilización política de los sistemas totalitarios o en el movimiento obrero sino se trata de  analizar el fenómeno de los movimientos sociales  y grupos de presión desde los puntos de vista de  las complejas y  diferentes  sociedades
1)    Los grupos de presión definidos como  las asociaciones formadas por personas, organizaciones, entidades privadas, etc., que se reúnen para perseguir determinados objetivos comunes. Ejerciendo una influencia en nuestra sociedad a través de la movilización de los recurso económicos, mediáticos y organizativos.
2)    Estos movimientos sociales considerados como actores políticos que surgen como fruto o respuesta a las contradicciones del capitalismo tardío en las democracias occidentales.
CREO que actualmente tanto los grupos de presión  como los movimientos sociales, son aquellos factores que  legitimarán la supervivencia de la DEMOCRACIA participativa dentro de un estado social demócrata.





BIBLIOGRAFÍA

1)   JOSE DE JESUS OROSCO ENRIQUE. El poder de los grupos de presión .España 2008
2)    LUIS VITALE .las rebeliones de los primeros movimientos sociales. chile, 2001
3)   JOSE PONT VIDAL, investigación de los movimientos sociales. Madrid 1998.
4)      ANTONY BEGGITNOT, Movimientos sociales y pobreza. Perú 2008